viernes, 5 de diciembre de 2008

Los principales cambios de la Reforma Política en Córdoba


Estas son las principales medidas:

No más sumatorias.
Se prohíbe el sistema que permitía que distintos partidos postularan, a través de boletas distintas, al mismo candidato para un cargo ejecutivo y a listas diversas para las bancas legislativas.

Prohibición de candidaturas repetidas.
Se prohíbe expresamente que una misma persona sea candidata a más de un cargo en la misma elección. Ejemplo: nadie podrá postularse a gobernador y, a la vez, encabezar el listado de candidatos a legisladores.

Boleta única.
Será la herramienta de votación. Reemplazará a la boleta partidaria que imprime cada agrupación política. Será impresa por la Justicia Electoral y entregada a cada elector, el día de la votación, por el presidente de mesa.Tendrá un casillero en blanco al lado de cada postulante para que el elector pueda marcar con una lapicera al que prefiere.

Electores por mesa.
Se fija en 350 la cantidad de electores que tendrá cada mesa.

Presidentes de mesa.
Se fijan como requisitos ser docente provincial, empleado público o particular con acreditación del secundario completo, en actividad o jubilado. Deberán capacitarse de manera obligatoria, cobrarán un viático equivalente al 20% del salario mínimo, vital (unos 200 pesos, en la actualidad).

Delegado electoral o fiscal público.
Tendrá la responsabilidad de colaborar con el presidente de mesa. Transportará los documentos electorales. Habrá uno por escuela.

Campañas.
Se establece una duración máxima de 45 días para las campañas electorales. En TV y radio, sólo en los 30 días previos.

Prohibiciones.
Se prohíbe la difusión de propaganda o publicidad oficial en los 30 días anteriores a los comicios. Y en los últimos 15 días previos tampoco se podrán inaugurar obras.

Encuestas.
Se prohíbe la difusión de encuestas o sondeos de opinión en boca de urna hasta tres horas inmediatas posteriores al cierre de los comicios.

Financiamiento mixto.
Se crea un fondo para el financiamiento público de los partidos políticos (para funcionamiento y para capacitación). Para acceder a estos recursos estatales, los partidos deberán mantener la personería para la que se exigirá la obtención de entre el 2 y el 3 por ciento de los votos en las últimas dos elecciones. (El porcentaje definitivo se establecerá hoy). Se ponen límites y controles más rigurosos para el financiamiento privado.

Financiamiento de campañas.
Se crea un fondo estatal para el financiamiento de las campañas electorales en TV y radio. Lo manejará el Juzgado Electoral y se distribuirá así: el 30 por ciento entre todos los partidos que compitan; y el 70 por ciento restante según la cantidad de votos obtenidos por cada uno en la última elección.

Software estatal.
Todo el sistema de procesamiento de datos electorales vía informática (software) que debe ser utilizado y operado por el Juzgado Electoral.

Justicia Electoral.
Se creará una Cámara Electoral ad hoc a través de una ley especial que determinará su integración, competencia, roles y funciones.

Voto electrónico.
Se abre la puerta a la incorporación progresiva de este sistema electoral.

Fuente: La voz del interior

No hay comentarios: